Ver todas las noticias

Solo el 5% de los propietarios de viviendas vacías podrían ser sancionados con el recargo del IBI

20 Jul 23

El pasado 25 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley por el Derecho a la Vivienda. Una de las medidas que incluye esta normativa es un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que podría ser de hasta el 150% para aquellas viviendas que estén desocupadas con carácter permanente, de forma continuada por un plazo de dos años o más y sin causa justificada. Una medida que, según los datos de Fotocasa Research, podría afectar al 5% de los particulares propietarios que mantienen viviendas vacías en nuestro país.

“El porcentaje de propietarios de viviendas vacías que se verían afectados por  el recargo del IBI en su ayuntamiento sería muy minoritario. Por lo tanto, se constata que las medidas con carácter punitivo no recogerían los efectos deseados de ampliar la oferta masivamente. Lo que generan este tipo de normativas en el mercado es un clima de desconfianza frente a la administración. La principal fórmula que puede fomentar que los propietarios de viviendas inhabitadas las pongan en el mercado es el ofrecimiento de seguridad jurídica que ayude a apaciguar las principales preocupaciones de estos particulares: ocupación, pérdida de beneficios o robos en su vivienda”, comenta María Matos, directora de Estudios y portavoz de Fotocasa.

El 5% de los propietarios de viviendas vacías tendrían que pagar el recargo

Dentro del conjunto de propietarios que hay en España, puede haber personas con casuísticas como tener más de un inmueble o tener alguno vacío. Estas situaciones son relevantes de cara a la Ley de vivienda.


Según esta norma, los ayuntamientos tienen la potestad de establecer un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que podría alcanzar el 150% para aquellas viviendas que estén deshabitadas. Concretamente, se verían afectados aquellos propietarios que tengan el inmueble vacío por un plazo superior a dos años, que sean propietarios de cuatro o más inmuebles y no puedan alegar ninguna de las causas justificadas que contempla la norma. Se consideran causas justificadas, por ejemplo, el traslado temporal por trabajo o estudios o el cambio de domicilio por situación de dependencia.

¿Cuántos propietarios se verían afectados por esta situación? Para hacer este cálculo vamos progresivamente cribando las distintas variables analizadas anteriormente: actualmente en nuestro país, un 60 % de los particulares mayores de 18 años tiene alguna vivienda en propiedad. Dentro del conjunto de propietarios hay un 3 % que tiene alguna vivienda vacía.

Pero, de ese 3% de particulares, no todos tendrían que asumir el recargo en el IBI, puesto que lo que marca la normativa es que el inmueble lleve vacío al menos dos años y que sea por causas injustificadas. Por lo tanto, si tenemos en cuenta esos dos filtros, el resultado es que solamente el 0,1% de los propietarios españoles se vería afectado por esta medida. Extrapolado al conjunto de la población, esto supone que solamente el 0,08% de los particulares mayores de 18 años tendría que pagar el recargo en el IBI.

Y, si en lugar de hablar de toda la población, únicamente tenemos en cuenta a los propietarios de una vivienda vacía, que son el 3 % de todos los propietarios en España, solamente hay un 5% que cumpla todos los requisitos para verse afectado por esta penalización impositiva.

Entre las causas injustificadas más recurrentes por las que se tiene una vivienda vacía se encuentran el hecho de que sea una propiedad heredada y que los herederos aún no se hayan puesto de acuerdo en el uso que le van a dar, que necesite reformas para ser vendida o alquilada o por desconfianza por parte del propietario.

Que la vivienda sea ocupada es la principal preocupación de los propietarios de inmuebles vacíos

Uno de cada dos propietarios de una vivienda vacía teme que se la ocupen. Esta es, de hecho, la preocupación más recurrente entre los particulares que se encuentran en posesión de un inmueble deshabitado y que asegura tener alguna preocupación por tenerlo vacío —hay un 21% que asegura que no está preocupado por ello—.

Pero, aparte de este, hay otros motivos de preocupación. El 38 %, por ejemplo, señala el coste que supone mantener un inmueble que no genera ningún beneficio y un 35 % que entren a robar. Asimismo, los propietarios de viviendas vacías también muestran su inquietud por el estado del inmueble. Concretamente, les preocupa que la casa se deteriore por el abandono (29%) o que se agraven pequeños desperfectos por no haberlos detectado a tiempo (29%). Por último, lo que menos preocupa a los titulares de estas viviendas es tener que afrontar impuestos o penalizaciones por tenerla vacía. Es algo que solamente señalan el 24%.

El aumento de la seguridad jurídica incentivaría la puesta en venta o alquiler de las viviendas vacías

Cuando se pregunta a los propietarios de viviendas vacías que les motivaría a introducir esos inmuebles en el mercado inmobiliario, lo que más valoran es el incremento de la seguridad jurídica en caso de ocupación o de impago. Estas dos cuestiones las valoran con 6,9 y 6,5 puntos sobre diez de media respectivamente. En comparación con 2022, se trata de asuntos que han perdido algo de importancia media, aunque no se trata de descensos estadísticamente significativos.

Tras estos dos factores, los que reciben una puntuación más alta por parte de los propietarios de inmuebles deshabitados son las deducciones fiscales por la venta de vivienda (6,4), la compensación económica en caso de desperfectos en la vivienda (6,3) y las deducciones fiscales por el alquiler de la vivienda (6).


**Fuente: Inmodiario.

Últimas Noticias

Ver más
23 Dic 24

¿Cómo funciona la actualización del precio del alquiler con el nuevo índice del INE?

Con la nueva ley de vivienda, el IPC ya no se utiliza para actualizar los precios de los alquileres. Te contamos cómo se actualizará el precio de los alquileres a partir de 2025
Leer más
16 Dic 24

Cuáles son los plazos del proceso de compra de una casa

Desde Fotocasa, analizan cuáles son los tiempos medios en cada una de las etapas del proceso de compraventa: arras, hipoteca, firma ante notario…
Leer más
9 Dic 24

Qué pasará en el mercado de la vivienda en 2025

Qué pasará en el mercado de la vivienda en 2025
Leer más
Ver todas las noticias